1 Por ley, el concubino puede tener derecho al 50% de la indemnización laboral por antigüedad si su pareja fallece.
Esto dice la ley de contrato de trabajo.
2 También tiene derecho a recibir una pensión si convivieron por 5 o más años, o 2 años si tuvieron un hijo.
Según las leyes de la seguridad social.
3 En ciertos casos, la obra social de la pareja se considera como «grupo familiar». Incluso si tienen hijos.
El organismo de control es la Superintendencia de Servicios de Salud.
4 Si alguno de los dos falleciera, el alquiler continúa.
Por ley de locaciones urbanas.
5 Si se prueba que hay una sociedad de hecho, puede existir el derecho a ciertos bienes.
Si uno de los dos puso plata para comprar un bien, por ejemplo un auto, en el caso de llegar a una separación de la pareja, puede estar el derecho a pedir la mitad del valor.
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